Objetivo
Facilitar la financiación1 de Proyectos de Inversión y necesidades de circulante asociado al proyecto de inversión a autónomos, PYMEs y Midcaps de Andalucía que desarrollen su actividad en el Sector Agrícola, y a actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas de acuerdo con los Criterios de Elegibilidad del Fondo de Fondos Agroalimentario de Andalucía.
En qué consiste
Es una línea que cuenta con una garantía de cartera a la financiación proporcionada por Caixabank con cargo al Fondo de Fondos Agroalimentario de Andalucía: "El Fondo de Fondos Agroalimentario de Andalucía está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural y la Junta de Andalucía” (https://www.eib.org/en/products/mandates-partnerships/shared-management-funds/agri-andalucia.htm).
Destinatarios
Los Destinatarios Finales serán agricultores y grupos de agricultores, con personalidad física o jurídica, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica para la Operación 4.1.4 y las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas para la Operación 4.2.3.
En el caso de la operación 4.2.3. serán consideradas elegibles las personas físicas o jurídicas que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios contemplados en el Anexo I del Tratado Fundacional de la Unión Europea o algodón, exceptuando los productos de la pesca. El resultado del proceso de producción podrá ser un producto no agrícola.
Estas empresas deberán de estar inscritas en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía (Decreto 173/2001).
Importe
Hasta el 100% del coste del proyecto (IVA incluido) con un límite de 10 Millones de €.
Plazos de financiación
- Autónomos, Micros y Pymes: de 1 a 12 años
- Midcaps: de 1 a 10 años
Condiciones económicas y financieras
Al tratarse de una línea con apoyo del FEADER y de la Junta de Andalucía, tiene condiciones económicas preferentes que puede consultar en su oficina o a través de su gestor comercial.
Liquidación y periodicidad
Tanto para operaciones a interés variable como a interés fijo: Amortización de capital constante.
Periodicidad de liquidación de intereses mensual, trimestral, semestral y anual.
Garantías
- Personal
- Pignoraticia
Categorías de inversión
- Adquisición de activos tangibles o intangibles.
- El capital circulante que forma parte del plan de negocio del proyecto de inversión, por un importe no superior a 200.000 euros (doscientos mil euros) o al 30 % del importe total de los costes elegibles de la inversión, el que sea mayor.
- Los costes generales relacionados con la inversión elegible, como los honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores, los honorarios relativos al asesoramiento sobre la capacidad de sostenibilidad medioambiental y económica, incluidos los estudios de viabilidad, de acuerdo con el artículo 45.2(c) del Reglamento del FEADER.
- Adquisición de equipos de segunda mano y de sustitución para la medida 4.1.4: La adquisición de equipos de segunda mano y de sustitución se considera una inversión elegible dentro de la medida 4.1.4 para inversiones en explotaciones agrícolas, con las siguientes limitaciones: deberán estar inscritos en un registro oficial, que su primera compra no fuera subvencionada y tener una antigüedad inferior a 5 años.
No es elegible para la medida 4.2.3 de inversiones en transformación y comercialización. - IVA pagado por el destinatario final sobre los costes subvencionables; y plantas plurianuales y su cultivo. Será elegible siempre y cuando se cumpla la norma general de que se trate de un IVA que no sea recuperable por el beneficiario.
- Inversiones para la producción en la explotación de biocombustibles o energía procedente de fuentes renovables.
- La compra de terrenos, aunque estén edificados, en caso de que el terreno represente el objetivo principal de la compra, y limitada al 10 % del total de los costes elegibles.
- Solo para la operación 4.1.4: inversiones en la producción de energía térmica y eléctrica a partir de fuentes renovables. Las instalaciones de producción deberán satisfacer únicamente las necesidades energéticas del beneficiario y su capacidad de producción no podrá superar el equivalente al consumo energético medio anual combinado de energía térmica y eléctrica de la explotación, incluida la unidad familiar de la misma.
- Las Transacciones con el Destinatario Final apoyarán inversiones localizadas en Andalucía y específicamente
- En caso de Transacciones con el Destinatario Final que financien una inversión cuya localización pueda determinarse sin ambigüedades: el lugar de la inversión debe estar en Andalucía;
- En el caso de Transacciones con el Destinatario Final que financien una inversión cuya localización no pueda determinarse sin ambigüedad, o cualquier otro tipo de financiación: el Destinatario Final deberá tener un establecimiento activo en Andalucía
Normas de elegibilidad
Al tratarse de operaciones que se benefician de cofinanciación europea, a través del FEADER, deben cumplirse las normas de elegibilidad del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía.
Contratación
Para la contratación de estas operaciones los clientes deben dirigirse a una oficina CaixaBank.