Retenciones en la nómina: exenciones y mínimos
Cada nómina incluye un sistema de retenciones mensuales, reflejadas en el apartado de “Deducciones”, donde aparece el IRPF. Sin embargo, no todos los salarios están sujetos a estas retenciones. Hasta 2024, los sueldos que no alcanzaban los 15.876 euros anuales estaban exentos de retenciones en el IRPF. Con el incremento del SMI en 2025 a 16.576 euros brutos anuales, y dado que el Ministerio de Hacienda ha decidido no ajustar el límite exento del IRPF a esta subida, los trabajadores que perciben el SMI ahora deberán tributar por la diferencia entre ambos importes, es decir, por 700 euros anuales
Hay que tener en cuenta que la reducción básica para una persona soltera menor de 65 años es de 5.550 euros. Por lo tanto, si cobra 40.000 euros, es como si hubiera ganado 34.450. También se aplicará este mínimo en tributaciones conjuntas, independientemente de las situaciones personales de cada cónyuge. Si la edad es superior a 65, el mínimo sube a 6.700 anuales. Y si supera los 75, esta cantidad se va hasta los 8.100. Así lo explica el artículo 57 de la Ley del IRPF.
Además, también se aplican mínimos de deducción por cada descendiente menor de 25 años que viva con el contribuyente, no tenga rentas anuales (ni exentas) superiores a 8.000 euros y no haya presentado declaración con rentas superiores a 1.800 euros. Estos mínimos serán de 2.400 euros anuales por el primero, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 por el cuarto y siguiente. Por último, si el descendiente es menor de tres años, se sitúa en 2.800.
También hay mínimos por ascendientes, que se sitúa en 1.150 euros anuales, siempre que sean mayores de 65 años o tengan discapacidad, siempre que estén en cumplimiento de condiciones similares a los descendientes. Cuando sean mayores de 75 años, ese mínimo pasará a ser de 2.550 euros anuales.
Por último, también se aplican mínimos por discapacidad, tal y como indica el artículo 60 de la Ley del IRPF:
El mínimo por discapacidad del contribuyente será de 3.000 euros anuales y 9.000 si su minusvalía es igual o superior al 65%. Este mínimo se aumentará en 3.000 euros cuando el contribuyente tenga que acreditar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Esta situación también se aplicará a sus ascendientes o descendientes con discapacidad, si los hubiere.
Novedades de cara a 2025
Como novedad de cara a 2025, el salario mínimo interprofesional (SMI) ha aumentado a 1.184 euros mensuales en catorce pagas, beneficiando a unos 2,4 millones de personas. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ha decidido no ajustar el límite exento del IRPF a la subida del SMI, lo que implica que algunos trabajadores que antes estaban exentos de retenciones ahora tendrán que tributar. Esto afectará especialmente a aquellos con ingresos cercanos al nuevo SMI, quienes podrían ver reducida su nómina neta debido a las retenciones aplicadas.
Además, se han introducido modificaciones en los tramos del IRPF, con una leve reducción en los tipos impositivos para las rentas medias y bajas. Estas modificaciones buscan aliviar la carga fiscal de los trabajadores con ingresos inferiores a 35.200 euros anuales, aumentando el umbral de tributación y reduciendo el impacto del impuesto sobre los salarios más ajustados.
Por otro lado, los autónomos también experimentarán cambios, con una actualización en los tramos del nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales. Este ajuste permitirá a muchos profesionales reducir su carga fiscal, aunque la Agencia Tributaria reforzará los controles para evitar discrepancias entre ingresos declarados y retenciones aplicadas.
Finalmente, en las deducciones familiares, se han ampliado los mínimos por descendientes y ascendientes a cargo, así como las deducciones para familias numerosas y personas con discapacidad. Estas medidas buscan compensar el impacto del IRPF en los hogares con mayores cargas familiares y fomentar el apoyo a colectivos vulnerables. Puedes consultar las novedades en detalle en la normativa de 2025 de la agencia tributaria.
Ahora que ya sabes más sobre el IRPF y sus retenciones, mantente al día con CaixaBank de todo lo referente a fiscalidad y, si eres autónomo o posees un negocio, te ayudamos con la gestión de tus impuestos.